Rodar en España
España ofrece un marco económico y cultural para las producciones extranjeras muy atractivo. Nuestros profesionales internacionalmente reconocidos y la diversidad de sus localizaciones, reforzado por el nuevo marco fiscal que mejora sustancialmente el régimen de incentivos, convierten a España en un referente del audiovisual internacional.
Rebajas de impuestos y crédito fiscal para largometrajes cinematográficos y series de ficción
DEDUCCIONES FISCALES PARA PRODUCCIONES EXTRANJERAS
DEDUCCIÓN NACIONAL
Deducción nacional: 30% - 25%
- Del 30% respecto del primer millón de euros de base de la deducción.
- Del 25% sobre el exceso de dicho importe.
Base de la deducción:
- Gastos de personal creativo (residencia fiscal en España o en algún Estado miembro de la Unión Europea) con el límite de 100.000 €/persona.
- Gastos derivados de industrias técnicas y otros proveedores.
Requisitos:
- Los gastos realizados en territorio español deben ser, al menos, de 1 millón de euros.
- El importe de la deducción no podrá ser superior a 10 millones de euros para los gastos realizados en el territorio español.
- No obstante, para los gastos de preproducción y postproducción destinados a animación y efectos visuales realizados en territorio español, el límite se establece en 200.000 euros.
- El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
Más información: investinspain@icex.es; coordinacion@spainfilmcommission.org
DEDUCCIONES REGIONALES
Islas Canarias. 50% - 45%
Base de la deducción:
- Deducción de hasta el 50% para el primer millón, y del 45% para el importe restante.
Requisitos:
- Los gastos realizados en territorio canario deben ser, al menos, de 1 millón de euros, excepto para animación y post-producción, en los que podrán ser de al menos 200.000 €.
- El importe de deducción no podrá ser superior a 18 millones de euros cuando se trate de gastos realizados en Canarias(*).
- Productores (Service) con domicilio fiscal en las Islas Canarias.
- El coste total de la producción debe ser de al menos 2 millones de euros.
- El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
(*) Pendiente de publicación a través de posteriores modificaciones legislativas.
Más información: info@proexca.es; grancanariafilm@spegc.org; film@webtenerife.com; film@grancanaria.com; coordinacion@lapalmafilmcommission.com
Navarra: 35%
Requisitos:
- Una semana mínimo de rodaje en interiores o exteriores de Navarra.
- El total de la producción no debe superar los 3 millones de euros.
- Plazo de aplicación por insuficiencia de cuota: 15 años.
- Productores (service) con residencia fiscal en Navarra.
- El importe de esta deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
Más información: info@sodena.com; filmcommission@navarra.es

CRÉDITOS FISCALES PARA PRODUCCIONES ESPAÑOLAS
DEDUCCIÓN NACIONAL
Deducción nacional: 30% - 25%
- Del 30% respecto del primer millón de euros de base de la deducción.
- Del 25% sobre el exceso de dicho importe.
Base de la deducción:
- La base consistirá en el coste total de la producción + gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor hasta el límite para ambos del 40% del coste de producción.
Requisitos:
- Al menos el 50% de la base de la deducción deberá corresponderse con los gastos realizados en territorio español.
- El importe de esta deducción no podrá ser superior a 10 millones de euros.
- Que la producción obtenga el correspondiente certificado de nacionalidad y el certificado que acredite el carácter cultural de obra española, emitidos por el ICAA o por el órgano correspondiente de CC.AA. con competencia en la materia.
- Que se deposite una copia nueva en la Filmoteca Española o, la biblioteca cinematográfica oficialmente reconocida por el gobierno regional pertinente.
- La deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción excepto en algunos casos en los que se elevará hasta: el 85%.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
Más información: investinspain@icex.es; coordinacion@spainfilmcommission.org
DEDUCCIONES REGIONALES
Islas Canarias. 50% - 45%
Base de la deducción:
- Deducción de hasta el 50% para el primer millón, y del 45% para el importe restante.
Requisitos:
- El importe de la deducción no podrá ser superior a 18 millones de euros cuando se trate de producciones realizadas en Canarias(*).
- Contratar a profesionales locales, la empresa de producción debe estar inscrita en el registro de las empresas cinematográficas de las Islas Canarias.
- Cumplir con los requisitos para obtener la nacionalidad española y obtener la calificación de obra canaria.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
(*) Pendiente de publicación a través de posteriores modificaciones legislativas.
Más información: info@proexca.es; grancanariafilm@spegc.org; film@webtenerife.com; film@grancanaria.com; coordinacion@lapalmafilmcommission.com
Navarra. 35%
Base de la deducción:
- Coste total de la producción + gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor (límite para ambos del 50% del coste de producción).
Requisitos:
- Al menos el 25% de la base de deducción deberá corresponderse con gastos realizados en territorio navarro.
- Aplicación de deducción sin límite de cuota.
- La deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.
Más información: info@sodena.com; filmcommission@navarra.es
País Vasco. 30%
Base de la deducción:
- Coste total de la producción + gastos para la obtención de copias y los gastos de publicidad y promoción a cargo del productor.
Requisitos:
- Aplicación de deducción sin límite de cuota.
- La deducción, conjuntamente con el resto de ayudas percibidas por el contribuyente, no podrá superar el 50% del coste de producción.
- Los productores deben estar registrados en el REC (Registro de empresas cinematográficas) del Ministerio de Cultura y Deporte.